PRESTACION:
Acción y efecto de prestar.
2. f. Cosa o servicio exigido por una autoridad o convenido en un pacto.
3. f. Renta, tributo o servicio pagadero al señor, al propietario o a alguna entidad corporativa. Prestaciones jurisdiccionales, territoriales, enfitéuticas.
2. f. Cosa o servicio exigido por una autoridad o convenido en un pacto.
3. f. Renta, tributo o servicio pagadero al señor, al propietario o a alguna entidad corporativa. Prestaciones jurisdiccionales, territoriales, enfitéuticas.
SUBSIDIOS:
Prestación pública asistencial de carácter económico y de duración determinada. Subsidio de desempleo.
Contribución impuesta al comercio y a la industria.
Contribución impuesta al comercio y a la industria.
SUBVENCIONES:
Las subvenciones corrientes son aquéllas que se destinan a financiar operaciones corrientes concretas y específicas. Pueden clasificarse a su vez en: subvenciones de explotación y otras subvenciones corrientes.
Dentro de las subvenciones corrientes se encuentran las subvenciones de explotación que se conceden normalmente por una Administración Pública y excepcionalmente por un particular, a una unidad productora de bienes y servicios destinados a la venta con la finalidad de influir en los precios o permitir una remuneración suficiente de los factores de producción, así como compensar resultados negativos de explotación producidos durante el ejercicio.
Dentro de las subvenciones corrientes se encuentran las subvenciones de explotación que se conceden normalmente por una Administración Pública y excepcionalmente por un particular, a una unidad productora de bienes y servicios destinados a la venta con la finalidad de influir en los precios o permitir una remuneración suficiente de los factores de producción, así como compensar resultados negativos de explotación producidos durante el ejercicio.
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